Libertad a los presos politicos mapuches.



QUIEN ES




PATRICIA ROXANA TRONCOSO ROBLES


Oriunda de Chillán Viejo, auxiliar de párvulos, ex alumna de Teología de la Universidad Católica de Valparaíso.




Es detenida el día 12 de septiembre del año 2002 como presunta autora de los delitos de amenazas e incendios terroristas, por hechos que afectaron la casa patronal del ex ministro de Agricultura, miembro del Tribunal Constitucional y presidente de la Fundación Pablo Neruda, Juan Agustín Figueroa.


Su causa -en la que también son imputados los Lonkos Pascual Pichún y Aniceto Norin- se tramitó en el Juzgado Mixto de Traiguén, y a la acusación del Ministerio Público se sumaron como querellantes el gobierno y los propietarios afectados. En este caso se imputa a los acusados responsabilidad en los siguientes hechos:
1) Incendio terrorista en casa habitación de propiedad de Juan Agustín Figueroa Elgueta;
2) amenazas de incendio terrorista contra los dueños y administradores del Fundo Nancahue;
3) incendio terrorista en perjuicio del predio forestal San Gregorio de propiedad de Juan Julio Sagredo Marín; y
4) amenazas de incendio terrorista contra los dueños y administradores del Predio San Gregorio.
En diciembre de ese año (y a más de un mes de su detención), a solicitud de los Fiscales Alberto Chiffelle, Francisco Rojas, Paula Villalobos, Paola Turra del Ministerio Público, es formalizada por el Tribunal de Garantía de Temuco como participe de la Organización Mapuche “Coordinadora de Comunidades En Conflicto Arauko Malleko”, acusada de ser un Asociación Ilícita Terrorista.
Posteriormente, el 28 de enero de 2003, se le formaliza por la causa rotulada con el RUC: Nº 01000086954-2; siendo fiscal del Ministerio Público Alejandro Ríos, quien investiga los delitos de incendio terrorista, robos con violencia, lesiones, usurpación en el grado de tentativa y otros, siendo querellantes la Empresa Forestal Mininco S.A. y la gobernación provincial de Malleco, representada por un abogado del ministerio del interior.
Por la primera causa, su juicio se realiza del 31 de marzo al 9 de abril de 2003. La sentencia definitiva absolvió a los imputados de todos los cargos por no estimarse acreditadas sus participaciones en los hechos punibles (6).

Sin embargo las partes querellantes en este caso (gobierno y particulares) presentaron un recurso de nulidad ante la Corte Suprema. La Sala Penal de la Corte Suprema (7), en fallo leído el 2 de julio de 2003 anula la sentencia absolutoria que recaía sobre Patricia Troncoso y los Lonkos Pascual Pichón y Aniceto Norin, ordenando la realización de un nuevo juicio.

El nuevo juicio oral en contra de Patricia Troncoso se realizó a partir del 9 de septiembre de 2003. En él fue absuelta nuevamente de todos los cargos que se le formulaban, mientras que los lonkos mapuche fueron condenados a la pena de 5 años y 1 día de presidio por el delito de amenazas de incendio terrorista, contemplado en el artículo 7 de la Ley N ° 18.314 (actualmente se encuentran recluidos en la cárcel de Traiguén con cerca de la mitad de la pena cumplida).

El día 13 de febrero del 2004, en el proceso por incendio terrorista del predio forestal Poluco Pidenco, y a más de un año de iniciarse las formalizaciones y detenciones de mapuche de Tricauco, Chekenko y San Ramón de la comuna de Ercilla, se realiza audiencia de revisión de medidas cautelares de los mapuche acusados. Dicha audiencia de revisión de medidas cautelares se efectúa después de siete meses sin debate, en los cuales los mapuche acusados de la causa se encontraban en prisión preventiva en la Cárcel de Angol. Con la resolución anterior, se pone fin a la reclusión de Patricia Troncoso Robles, quien permaneció 1 año 5 meses en prisión preventiva.


Y asi sigue la historia. de lo/as blancos./as..

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