ARGENTINA :"El pilar de la llamada lucha contra la subversión fue el ideal patriarcal, burgués y católico"
La abogada Andrea Lupiañez pidió al Tribunal que juzgue los delitos sexuales como "autónomos en forma independiente a la tortura", que desde una perspectiva de género atienda el maltrato agravado que tuvieron las mujeres en los centros clandestinos de detención.
Los hechos de violencia sexual "no fueron aislados", sino que se trató de "una práctica continua, sistemática y extendida no solo en Jujuy, sino en todo el país. Es decir que así como los represores torturaban, también violaban, o abusaban sexualmente" de las mujeres secuestradas, comenzó afirmando la abogada Andrea Lupiañez, en la última parte de su alegato, concluido el 10 de agosto, en el sexto juicio por actos de terrorismo de Estado que se lleva a cabo en San Salvador de Jujuy.
Lupiañez, querellante por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), pidió al Tribunal Oral en lo Federal de Jujuy, integrado para este caso por Federico Díaz, Alejandra Cataldi y Abelardo Basbus, que "juzgue estos hechos como delitos autónomos en forma independiente a la tortura". Recordó que si bien hasta ahora este tribunal, aunque con distinta integración, "lo viene considerando como parte de los tormentos", ese criterio, "con el avance de los procesos de memoria, verdad y justicia en el resto del país, viene siendo dejado atrás y ahora se entiende que deben ser considerados los delitos sexuales de una manera independiente a los tormentos".
Por eso le pidió al Tribunal que "tenga en cuenta por primera vez estas cuestiones desde una perspectiva de género que evidencie además el trato diferenciado que tuvieron las mujeres, sobre todo en Guerrero", y citó testimonios sobre ese trato diferenciado. Lupiañez dijo que en el plan represivo "los varones también fueron objeto de este tipo de delitos sexuales" pero "siempre se lo hacía a modo de denigrarlo a la condición de lo femenino o de lo débil o como si esto fuese algo inferior".
"Es necesario comprender estos delitos sexuales desde una perspectiva de género", insistió, y para ello se debe "tener en cuenta que el pilar de la llamada lucha contra la subversión fue el ideal patriarcal, burgués y católico de la familia tradicional, en donde la mujer debía cumplir ciertos roles que le eran asignados, como el rol de ama de casa, el rol de madre, y si no cumplía con estos roles tradicionales, se convertía automáticamente en una enemiga social, o una peligrosa, una subversiva o una terrorista, más aún si militaba".
"Para estos represores, estas mujeres eran peligrosas y así concebidas, hicieron lo que quisieron con ellas", aseguró la querellante.
Antes la abogada había recordado que en este debate se pudo comprobar que hubo agresiones sexuales incluso antes de ingresar al centro clandestino de detención de Guerrero, en las detenciones y los operativos de traslado.
"Una vez en Guerrero muchas de las víctimas sobrevivientes manifestaron haber presenciado, haber padecido distinto tipo de abusos sexuales en un sentido amplio, manoseos, burlas, humillaciones de contenido sexual", golpes y descargas eléctricas en los genitales, "amenazas constantes de violación", repasó.
En al menos tres casos estas amenazas se ejecutaron, las sobrevivientes lo declararon en este proceso. La querellante destacó que una de ellas, por el trauma provocado por esa experiencia, no puede recordar esos hechos, pero "sus compañeros de cautiverio sí lo pudieron recordar" y testificar, incluso señalando al autor de este hecho, el policía Bernardo Salinas, que se desempeñaba en la Comisaría 24, de Ledesma, "bajo las órdenes del también imputado José Américo Lescano", ambos están siendo juzgados en este proceso.
"Salinas debe responder en este juicio por los delitos cometidos en contra de estas tres víctimas", aseguró Lupiañez. Pero, añadió: "los delitos sexuales cometidos en el marco del plan sistemático involucraron a toda la cadena de mando por más que no hayan participado directamente en la ejecución material de los hechos, es decir que los jefes altos y medios dieron libertad al subalterno Salinas, que era un simple agente de plaza, para que dispusiera a su antojo de los cuerpos de las víctimas. Es así que como torturaban, también violaban, por lo que entendemos que toda la cadena de mando debe responder por estos delitos contra la integridad sexual de las víctimas".
Un delito dentro del juicio
Lupiañez recordó que cuando declaró en este juicio el ex jefe policial José Américo Lescano "descalificó y agravió" a una víctima de abusos sexuales "refiriéndose a ella como 'oportunista, traicionera, mentirosa'", dijo que "tenía un comportamiento no clásico de una dama, muy por el contrario, dijo, exhibiéndose en la vidriera de la maldad". "Faltó que le dijera que era una subversiva, una terrorista", cuestionó la querellante antes de recordar que esta mujer "sindicó a Lescano como uno de los responsables de su violación en la Comisaría 24. No es la única víctima que lo sindica, pero Lescano se refirió solamente a ella en estos términos".
La abogada recordó que el derecho del represor de declarar en su defensa, sin obligación de decir verdad, "no le da derecho a agredir a la víctima por su condición de mujer", aseguró que jamás debió descalificarla "en esos términos" y solicitó al Tribunal que "se dé intervención al Juzgado de Género", que se remitan copias de la declaración de Lescano, realizada el 3 de febrero de este año, "por entender que el imputado cometió nuevamente otro delito": el de "violencia de género, tipificado en el artículo 1° de la ley 27485", de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales.
Ya volviendo a los delitos sexuales que se trataron en este debate, la querellante pidió que el Tribunal "tenga en cuenta los impactos de larga duración que sufrieron las víctimas, las secuelas". "Muchas de estas víctimas continúan con tratamiento psicológico o psiquiátrico, para afrontar sus vidas después de todo este horror que vivieron", sostuvo. Memoró el caso una mujer que cuando recuperó la libertad estuvo internada cuatro meses en un psiquiátrico y tuvo un tratamiento muy largo. "No es fácil para estas víctimas contar todo esto, puede no ser fácil para cualquiera, porque son hechos muy denigrantes, humillantes, así que resaltamos el valor que tiene este juicio" de que "hayan salido a la luz estos hechos", concluyo sobre este aspecto.
En esta última parte de su alegato, la querellante habló sobre los crímenes cometidos en Guerrero, donde fueron alojadas las personas que habían sido detenidas en el marco de la Noche del Apagón. Además de reseñar las vejámenes de todo tipo cometidos en ese lugar, y los homicidios, Lupiañez dijo que las listas de las personas a detener fueron confeccionadas por los directivos del ingenio Ledesma.
El terror de las madres
Al hablar de la responsabilidad penal de los militares Mariano Rafael Braga y Juan Carlos Jones Tamayo, que integraban el grupo de inteligencia del área 323 y actuaban bajo el mando del coronel Carlos Néstor Bulacios, Lupiañez describió al primero como uno de los personajes más siniestros, recordó que en el penal lo llamaban "el terror de las madres”, por el trato violento que tenía hacia los familiares de las víctimas.
Y aseguró que por los delitos referidos a la “causa de la Noche del Apagón”, Braga debe responder por 41 hechos en perjuicio de Johny Vargas Orozco, Salvador Cruz, Ramón Patricio Rivero, Miguel Ángel Garnica, Domingo Horacio Garnica, Rita Eulogia Cordero de Garnica, Alfonso Cordero, Ernesto Reynaldo Samán, Hipólito Álvarez, Casiano Bache, Raúl Ramón Bartoletti, Alicia Norma Castillo, María Azucena Cortez, Luis Escalante, Hilda del Valle Figueroa, Rufino Lizárraga, Eduardo César Maldonado, Héctor Narváez, Delicia del Valle Álvarez de Narváez, Enrique Núñez, Mario Martín Núñez, Ana María Pérez, Isidro Salinas, Walter Hugo Juárez, Guillermo Genaro Díaz, Germán Tomás Córdoba, Humberto Filemón Campos, Vicente Lino Cáceres, Juan Miguel Lodi, Alfredo Mérida, Alfredo Benjamín Cortez, Raúl Cortez, Horacio Carrazana, Leandro Rodolfo Córdoba, Domingo Reales, José Manuel Cabrera, Rubén Eduardo Canseco, Juan Gerardo Jarma, Rubén Molina, Hugo Antonio Narváez y Juan Carlos Espinosa.
En cuanto a Jones Tamayo, lo acusó por las cinco víctimas de la Causa Aredez: Luis Ramón Arédez (sobre la primera detención), Ramón Luis Bueno, Antonio Filliu, Omar Claudio Gaínza y Carlos Alberto Melián. La querellante destacó la peligrosidad de este hombre, que estuvo prófugo de la justicia.
Los ex policías José Américo Lescano, Carlos Humberto Cachambe, Virglio Choffi y Pedro Ríos, están acusados en la Causa Noche del apagón. Sobre Lescano la querellante afirmó que participó en los secuestros, detenciones, torturas y aberrantes tratos ya que se desempeñaba como jefe de la Comisaría 24 que operó como uno de los Centros Clandestinos de Detención en Ledesma. Y lo acusó por delitos en relación a 23 víctimas.
A Pedro Ríos, dijo lo acusó por hechos de privación ilegal de la libertad y torturas en perjuicio de Germán Córdoba. A Cachambe lo acusó por hechos en perjuicio de Germán Córdoba y Guillermo Díaz. Por Díaz también acusó a Choffi.
En cuanto al ex policía, ex jugador de fútbol y director técnico Juan de la Cruz Kairuz, lo acusó por delitos en perjuicio de Aredez.
Y también pidió condenas para los ex integrantes del Servicio Penitenciario de Jujuy Orlando Ricardo Ortiz, Mario Marcelo Gutiérrez y Herminio Zárate, que están siendo juzgados por tormentos infligidos a Hilda Figueroa.
La querellante de la APDH cerró su alegato advirtiendo que es necesario prevenir este tipo de crímenes y estar alerta a los primeros síntomas, como los allanamientos ilegales y detenciones, que aún hoy siguen ocurriendo, en referencia a la persecución a las organizaciones sociales y de derechos humanos en Jujuy.
La audiencia continuará hoy, a partir de las 8.30 y será transmitida en vivo por el canal de Youtube del Centro de Informaciones Judiciales (CIJ), https://www.youtube.com/user/cijargentina  .
Comentarios
Publicar un comentario