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ARGENTINA:SIGUE LA IMPUNiDAD: sistema judicial podrido



El ex médico Carlos Capdevila "asistía" a las embarazadas y controlaba la resistencia a la picana

El partero de la Esma seguirá con prisión domiciliaria

Lo decidió la Sala II de la Cámara de Casación Penal, con los votos de los jueces Carlos Alberto Mahiques y Guillermo Jorge Yacobucci, y la disidencia del juez Alejandro Slokar.
Imagen: NA
El ex médico de la Armada Carlos Capdevila, pieza clave en el plan sistemático de robo de bebés durante la última dictadura cívico militar, permanecerá bajo arresto domiciliario. Así lo decidió el miércoles la Sala II de la Cámara de Casación Penal, con los votos de los jueces Carlos Alberto Mahiques y Guillermo Jorge Yacobucci, y la disidencia del juez Alejandro Slokar, quien advirtió que la decisión se tomó sin oír a las víctimas del proceso, pese a los expresos reclamos del fiscal de la causa y las partes querellantes. 

Mahiques y Yacobucci declararon inadmisible los recursos del Ministerio Público Fiscal y las partes querellantes –entre ellas las que representan a Patricia Walsh, Carlos Lordkipanidse y Carlos García- , y así confirmaron la decisión del juez Daniel Obligado , quien había concedido la prisión domiciliaria al represor por considerar que corría riesgo de contraer la covid-19 en la Unidad 31 de Ezeiza.
Capdevila cumplía funciones como jefe de Sanidad en el centro clandestino de detención que funcionaba en la Escuela de Mecánica de la Armada. "El partero de la Esma", o “Tommy”, según el alias con el que lo recuerdan las y los detenidos que recibieron torturas allí, posee tres condenas por crímenes de lesa humanidad y penas de prisión de 20, 15 y 10 años. Según se pudo comprobar en los juicios, en la sala de torturas era quien brindaba asesoramiento sobre la conveniencia de continuar o suspender la picana, para mantener a la víctima con vida. En la "Pieza de embarazadas" o la "pequeña Sardá" , como se llamaba a la celda mínima donde se alojaba a las mujeres encintas para mantenerlas con vida hasta el momento del parto, era el que "asistía" los nacimientos. 
En su voto en disidencia Slokar remarcó que “los crímenes de esta laya resultan imprescriptibles, no pasibles de indulto ni amnistía, tampoco puede conmutarse o reducirse la respuesta punitiva impuesta, pues se ingresaría nuevamente en un pasaje de impunidad”. Y que “el otorgamiento indebido de estos beneficios puede eventualmente conducir a una forma de impunidad, particularmente cuando se trate de la comisión de violaciones graves de derechos humanos”.
El juez advirtió que “la liberación anticipada de una persona condenada por crímenes de lesa humanidad, con fundamentos contrarios a estándares internacionales, constituye un agravio a las víctimas, pues las puede exponer a violencia, re-victimización e intimidación. Más aún, en las particularidades de la especie, decidir de otro modo ocultaría una forma de impunidad junto a la implícita reivindicación del terrorismo estatal”. 
Además cuestionó duramente lo actuado por el juez Obligado, quien había otorgado la domiciliaria a Capdevila sin correr vista a las querellas, justificándolo en “la excepcionalidad de la situación que atraviesa la actividad judicial derivada de la pandemia declarada, sumado al carácter no vinculante de las opiniones de los representantes legales de las víctimas". “Claro quede que el aislamiento obligatorio no puede provocar parálisis de un órgano judicial a este respecto. Baste pensar que el padecimiento humano por efecto de la violencia y la impunidad sufridos, en razón de los atroces delitos perpetrados por el terrorismo de Estado, obliga primariamente a atender a los damnificados y procurar la reparación a aquellos auténticos sostenes de la verdad y la justicia”, fundamentó.
“La súplica de las víctimas de los crímenes de esta laya siquiera fue atendida, sepultándose ahora su derecho a ser escuchadas y, luego, el básico acceso a la justicia que les facilite expresar sus alegaciones. El desatino de invocar el apremio pandémico para suprimir su intervención, al tiempo de minorar el alcance de la pena por delitos aberrantes, contraviniendo los criterios internacionales, constituye una nueva aflicción a las víctimas”, recriminó a sus colegas.
Los jueces Mahiques y Yacobucci vienen concediendo domiciliarias  a más de una docena de detenidos por crímenes de lesa humanidad en el marco de la pandemia . Recientemente reenviaron un pedido de las defensas de los represores Walter Omar Ale y Ramón Carlos Velasco , quienes se encuentran alojados en la Unidad 34 del Servicio Penitenciario Federal, para que se revalúe su prisión domiciliaria, justificando la decisión en el caso de covid positivo del represor Luis Muiña , quien estaba alojado en Campo de Mayo y fue derivado luego del hisopado al Hospital Muñiz.

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