ARGENTINA La violencia sexual, práctica habitual de los torturadores.

las12
Viernes, 19 de marzo de 2010

POR ESTO TAMBIEN SERAN JUZGADOS

No fueron hechos aislados ni situaciones “fuera de control”. Las violaciones, los abusos, las órdenes de desnudarse como parte de los tormentos formaron parte de un plan sistemático durante la represión ilegal de la última dictadura. La violencia sexual, desde esta perspectiva, y gracias a los valientes testimonios de algunas víctimas, podría ser juzgada como un delito de lesa humanidad.

 Por Sonia Tessa               Foto del violador Santiago Omar Riveros
Los valientes testimonios de sobrevivientes del terrorismo de Estado han sido, desde la recuperación de la democracia, la llave para descorrer el velo, dar dimensión del terror en el Juicio a las Juntas, buscar los intersticios jurídicos que dejaron las leyes de impunidad y los indultos y, en los últimos años, motorizar los juicios que se multiplican en todo el país. Cada testimonio revive el horror en los cuerpos de esos hombres y mujeres prisioneros del aparato represivo. Muchos relatos incluyen la violencia sexual a la que fueron sometidas especialmente las mujeres, pero también los hombres, en los centros clandestinos de detención. Claro que ponerlo en palabras fue difícil, debieron superar el espanto y la vergüenza para denunciar que los integrantes de las patotas violaban y cometían todo tipo de crímenes contra su integridad sexual. Como parte de la cotidianidad, sin recibir sanciones. Los cuerpos de las mujeres eran campos de batalla, y sumaban un estigma. Dos querellantes en la causa contra Santiago Omar Riveros denunciaron la violencia sexual que sufrieron estando desaparecidas en centros clandestinos de detención de Zárate-Campana, pero el juez federal de San Martín, Juan Yalj, decidió dictar falta de mérito a los acusados por violación por considerar que los abusos sexuales fueron “eventuales” y no merecían la calificación de crímenes de lesa humanidad. La Cámara Federal de esa localidad confirmó la decisión. Alertadas de este fallo, las organizaciones no gubernamentales Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de la Mujer (Cladem) e Insgenar (Instituto de Género, Derecho y Desarrollo) presentaron un amicus curiae (el dictamen de una organización “amiga del tribunal” que tiene interés legítimo probado en la resolución de la causa) ante el juzgado, en el que argumentan que la violencia sexual cometida en los centros clandestinos de detención de la dictadura fueron parte del plan sistemático de represión ilegal, y por lo tanto constituyen delitos de lesa humanidad, imprescriptibles. La sanción de la violencia sexual permitiría dar visibilidad de una práctica que se ensañó con las mujeres por haberse apartado del rol históricamente asignado.

SUSANA CHIAROTTI, UNA DE LAS ABOGADAS QUE PRESENTO EL AMICUS CURIAE
FOTO: ALBERTO GENTILCORE
A modo ilustrativo, las abogadas recordaron lo dicho por una testigo del juicio a las Juntas, en 1985. Esta mujer relató que en el marco de su secuestro le dijeron: “Así que vos sos psicóloga, puta, como todas las psicólogas”, y más tarde comenta que luego la desnudaron para iniciar su sesión de tortura. “Esta diferenciación entre los enemigos basada en su género, se veía reflejada aún expresamente en los propios documentos de las Fuerzas Armadas, donde la mujer era considerada más peligrosa que el hombre, y seguramente ella era quien ocultaba las armas y elementos incriminatorios. Existen testimonios que dan cuenta de esta percepción: ‘Cuando una mujer era guerrillera era muy peligrosa en eso insistían mucho [los instructores de la Escuela]... en que las mujeres eran extremadamente peligrosas. Siempre eran apasionadas y prostitutas y buscaban hombres’”, citan las autoras del amicus, tomado del libro de Eduardo Luis Duhalde, El Estado terrorista argentino.
El castigo, la humillación contra las mujeres incluía los ataques sexuales. “Existen innumerables denuncias, producidas a lo largo de todo el país, que dan cuenta de los delitos sexuales cometidos por agentes del Estado en perjuicio de hombres y mujeres encerrados en los centros de detención clandestinos. Sin embargo, este número de denuncias sólo son un muestreo de la realidad respecto de las violaciones y abusos cometidos en este ámbito”, expresa el amicus curiae. Por ejemplo, en la causa Brusa, que terminó el 21 de diciembre pasado en Santa Fe, con condenas de 19 a 21 años a los seis procesados, las sobrevivientes relataron la violencia sexual que sufrieron. Sin embargo, varias confesaron que les fue difícil superar la angustia que significaba relatar esas vivencias delante de sus hijos.

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