ARGENTINA: POR FIN, TRES JUECES DECENTES=Los camaristas Julio Lucini, Mariano González Palazzo y Magdalena Laiño

07 de diciembre de 2018 · Actualizado hace 3 hs
La Justicia consideró que fue un abuso
Él no usó preservativo, ella lo denunció y fue procesado
Se conocieron en un boliche y convinieron en terminar la noche con sexo. Fueron a la casa de él y ella le puso una condición: usar preservativo. La primera vez funcionó todo bien. La segunda, no: él no lo usó. Ella lo denunció entonces por abuso: ayer, una Cámara ratificó su procesamiento.
El hecho ocurrió en Almagro el 6 de abril pasado, cuando el hombre identificado como F.D.C. llegó a su casa junto a una mujer (M.D.), a quien había conocido en un local bailable, con quien mantuvo relaciones sexuales con protección porque "ésa era la condición que había impuesto" la mujer, de acuerdo al fallo de la Sala IV de la Cámara Nacional en lo Criminal.

Luego "se fueron a dormir, pero antes que sonara la alarma M.D. despertó con F.D.C. encima de ella penetrándola vía vaginal y, ante su rechazo, él manifestó 'espera, espera que ya acabo' lo que efectivamente ocurrió", tras lo cual le aconsejó a la joven que tomara "la pastilla del día después".

La mujer formuló la denuncia penal con el argumento de que "la última vez que tuvieron relaciones sexuales fue sin su consentimiento", versión coincidente con lo que luego fueron las conclusiones de los peritos.
Para el tribunal de segunda instancia hubo abuso porque se violó el derecho de la joven a la "libre disposición de su cuerpo a efectos sexuales, o a la facultad de comportarse en el plano sexual según sus propios deseos".
"Hubo una concreta afectación de la intimidad de la damnificada que con preocupación inició numerosos estudios para determinar secuelas que podrían darse tanto por contagio de enfermedades como un posible embarazo", según el fallo.

Los camaristas Julio Lucini, Mariano González Palazzo y Magdalena Laiño dijeron que la víctima no estaba obligada a tolerar actos de naturaleza sexual que no deseaba soportar. "D. dormía cuando percibió que el imputado la penetró, por lo que jamás pudo expresar oposición y nada autoriza sostener que el permiso primigenio se extendía a esa ocasión", acotaron.
"Otro importante es que cuando (la damnificada) exigió que cesara (C.) no lo hizo", aunque el procesado "sabía que su acto no sería consentido sin el uso de un preservativo, ya que expresamente D. lo había puesto como condición necesaria horas antes"


NOT BENE: CUAL FUE LA PENA?

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