ARGENTINA: las convicciones de una magistrada: Elena Liberatori

Elena Liberatori

“La exclusión es inaceptable”


Su señoría: “15 años, esto se va a recordar como un debate arcaico”, dice Liberatori.
16-03-2010 /  La jueza defiende el matrimonio gay. Y critica la intromisión de colegas y las presiones de la Iglesia.
Por Bruno Bimbi

Dicen quienes la conocen que si algo caracteriza a la jueza Elena Liberatori es que, cuando está convencida de algo, no duda en enfrentar a los poderes o ir en contra de lo políticamente correcto. “Mis convicciones democráticas son tales: convicciones”, asegura. Apasionada por la música, suele asistir a los recitales de la banda de rock uruguaya El Cuarteto de Nos y a los del cantante español Joaquín Sabina. Sus empleados aseguran que, si bien sabe distinguir el lugar de cada uno, los trata como a pares, y la caracterizan como una jurista más preocupada por la sustancia que por las formas. Titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 5 de la Ciudad de Buenos Aires, Liberatori es la autora del fallo que autorizó el matrimonio de Damián Bernath y Jorge Salazar, la segunda pareja gay que consigue casarse en la Argentina por decisión de la Justicia. “En lo técnico jurídico, es un caso no previsto en su momento por el codificador, pero que sí estableció ese supuesto de imprevisión y estableció que los jueces no podemos dejar de resolver”, justifica, en diálogo con Newsweek. 

- La semana pasada, el juez civil Félix de Igarzábal dictó un fallo “anulando” el matrimonio de Bernath y Salazar, que usted había autorizado, y les ordenó devolver la libreta matrimonial. ¿Qué deberían hacer?

- Ese juez civil de la Nación es absolutamente incompetente para anular mi sentencia. Por otra parte, el haber conminado a Jorge y Damián a devolver la libreta matrimonial bajo pena de imponer sanción pecuniaria de $ 1.000 por día de retardo es, a todas luces, un acto intimidatorio respecto de estas dos personas que se encuentran “demandadas” en aquel expediente por el pedido de alguien supuestamente muy preocupado por la sociedad y evidentemente desinteresado de los derechos fundamentales de esta pareja que, como cualquier otra, buscan ser felices conforme a la ley. Si fuera la abogada de ellos, les diría que de modo alguno deben cumplir esa decisión.

- ¿Cree que este juez debería ser sancionado por haberse entrometido en una causa que no le correspondía?

- Creo que el colega no dudaría en pedir que se me sancionara si yo me entrometiera en su juzgado, en sus atribuciones, en un expediente en trámite por ante el tribunal a su cargo y procediera, sin más, a anular sus decisiones. 

- A diferencia de la jueza Graciela Seijas, que en noviembre pasado declaró inconstitucionales los artículos 172 y 188 del Código Civil y autorizó el matrimonio de Alex Di Bello y José María Freyre, usted rechazó el pedido de inconstitucionalidad y sostuvo que el matrimonio gay no está prohibido. ¿Podría explicarlo?

- Que la unión homosexual no está prevista por el codificador es distinto a que esté prohibida. Como el juez debe resolver siempre que una cuestión le es planteada, el codificador previó esta situación y estableció cómo resolverla: si no se puede resolver por analogía con los casos previstos, debe aplicarse los principios generales del Derecho. Tanto en la unión heterosexual como en la homosexual, se trata de personas y, por lo tanto, el caso no previsto (la unión homosexual) se regula como el caso previsto, o sea, la unión heterosexual.

- El tema se viene debatiendo desde hace bastante y hay varios casos en la Justicia, ¿usted ya tenía una opinión formada?

- En ningún caso tengo ideas “formadas” con relación a los problemas a resolver en los expedientes que llegan al tribunal. Sería una actitud prejuiciosa que impediría un trabajo intelectual serio.

- ¿Lo conversó con su familia?

- Ellos se enteran de las cosas de mi trabajo como muchas personas: por los medios.

- ¿Cree que si este caso le hubiese llegado hace 10 ó 15 años, usted habría fallado de la misma manera?

- Hubiera fallado siempre igual, porque mis convicciones democráticas son tales: convicciones.

- ¿Cómo cree que será recordado este debate dentro de 10 ó 15 años?

- Como una cuestión arcaica y prejuiciosa, como pasó a ser la distinción en el Código Civil entre los hijos matrimoniales, ilegítimos, adulterinos, etcétera, que cambió con la reforma de 1968.
Uno de los temas que más se debaten en los medios es la posibilidad de que las parejas del mismo sexo que se casen luego adopten a niños. ¿Conoce a parejas del mismo sexo con hijos adoptivos?
Sí, conozco a parejas del mismo sexo con hijos adoptivos y con hijos propios de anteriores uniones, y estoy a favor de toda reforma legal que implique dar a algunas personas lo que les es dado a otros. El derecho a la accesibilidad también se corresponde con los derechos fundamentales.

- Hace unos meses, usted ordenó a una obra social cubrir los tratamientos de fertilización asistida a una pareja de lesbianas para que pudieran tener un hijo en común. ¿Por qué cree que a algunas personas les causa temor que las parejas del mismo sexo tengan hijos?

- Creo que es natural de toda persona aferrarse a las certidumbres, pensar que las mismas existen en todos los órdenes de nuestras vidas. Hasta el matrimonio está planteado como un compromiso para toda la vida. Tener respuestas ante los temas profundos de la humanidad es lo que las religiones del mundo y el pensamiento filosófico trataron de aportar a una ansiada tranquilidad existencial. El eje de rotación de la Tierra cambió con el sismo de Chile. Aferrarnos a lo conocido es preservarse de los miedos existenciales, lo cual no es criticable salvo cuando se pretenda que el otro también deba pensar igual. 

- Los más críticos de fallos como el suyo o el de Seijas las acusan de invadir atribuciones del Congreso. ¿Qué les respondería?

- Esas críticas desconocen las atribuciones constitucionales y legales de cada uno de los poderes del Estado. Ningún juez dijo lo que el Congreso de la Nación debe hacer o dejar de hacer. Tanto el administrador como el juez deben resolver. En el primer caso, porque de ello depende la satisfacción de los servicios públicos, por ejemplo; en el segundo, porque debe primar la paz social, y el modo civilizado de resolver las controversias es mediante jueces.

- Más allá de lo anterior, ¿cree que el Congreso debería modificar la ley para eliminar ambigüedades y que las parejas del mismo sexo puedan casarse sin tener que esperar un fallo judicial en cada caso?

- La pregunta apunta a un tema apasionante del derecho, que es el lenguaje y su “textura abierta”, de la cual hablaba el jurista Genaro Carrió, y sobre la que escribe a menudo el doctor (Ricardo) Guibourg. No habría tantos diccionarios si todos coincidiéramos en el significado que las palabras. Como dice Borges en “La Torre de Babel”: “Tú escuchas mis palabras... ¿pero las entiendes?”.

- Si el Congreso sancionara una ley de “unión civil” como alternativa al matrimonio para las parejas del mismo sexo, ¿cree usted que la igualdad ante la ley quedaría satisfecha o las parejas de gays y lesbianas continuarían teniendo argumentos constitucionales de peso para reclamar ante la Justicia que sus uniones se llamen “matrimonio”?

- Si se sancionara una ley que llamara “matrimonio” a la unión de mujer y hombre y de alguna otra manera a la unión de personas del mismo sexo, la distinta denominación estaría poniendo el énfasis en la condición sexual de las personas, por lo que seguiría habiendo discriminación, ya que a través del lenguaje se connotaría el hecho de que la unión por amor de dos personas sea heterosexual o no. La condición sexual de la pareja que se une legalmente es irrelevante al propósito de unir la vida ante la ley, y, por lo tanto, la distinción es discriminatoria.

- ¿Es católica?

- Como dice El Cuarteto de Nos: “Nunca sabrán lo que hay en mi cabeza”.

- La Iglesia dice que el matrimonio gay va a “destruir la familia” y que se opone para “defender la familia”. ¿Qué opina?

- Es inaceptable que la Iglesia Católica ejerza presiones en los jueces que no resuelven del modo que coincide con su pensamiento. La independencia judicial no debe verse afectada en ningún supuesto. La Justicia no debe recibir presiones ni siquiera de la Iglesia Católica.

- Más allá del caso particular de Bernath y Salazar, ¿cómo cree usted que debería resolverse este conflicto que se está planteando entre el fuero en lo contencioso administrativo y algunos jueces civiles?

- El conflicto lo están planteando algunos jueces de la Justicia Nacional en lo Civil. No somos los jueces de la Ciudad los conflictivos. Se trata de casos donde su suman muchas coincidencias al punto de tornar poco creíble que no se trate de una cuestión, como vulgarmente se dice, “operada” por sectores que desconocen las normas de jerarquía internacional y nacional que vedan la discriminación por razón de sexo y, por lo tanto, la exclusión. Bernath y Salazar, como tanta otra gente en su situación, son personas que desean vivir conforme a la ley. Es inaceptable en el Derecho actual la exclusión, al punto de que muchos autores europeos y nacionales hablan del “derecho social al acceso”. Nuestra Constitución utiliza al menos 30 veces esa palabra, “acceso”, en relación con los derechos fundamentales. Por lo tanto, creo que la solución pasa por que los colegas en cuestión acepten la invitación de profundizar en estos temas actuales del Derecho, más aún cuando la competencia que ejercen hace a derechos personalísimos que deben ser puestos en acto por los jueces y no, como se pretende, desconocerlos.    

Artículo muy gentilmente enviado por mi colega Dra.Claudia  Hasanbegovic, hoy.
Muchas gracias.
Dra. Marta R. Zabaleta
Londres.

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